Hostigamiento de cobranza: ¿Qué derechos tengo como deudor?

¿Te sientes acosado por constantes llamadas de cobranza? Es importante que sepas que en Ecuador existen leyes que te protegen frente al hostigamiento.

La Ley Orgánica de Defensa al Consumidor, en su artículo 49, establece normas claras para garantizar tus derechos como deudor y evitar abusos de las empresas de cobranza. Esta legislación protege tu tranquilidad y limita las prácticas invasivas, asegurando que los procedimientos de cobro sean respetuosos y legales.

Si consideras que tus derechos están siendo vulnerados, puedes presentar una denuncia formal ante las autoridades competentes. Conocer la normativa es el primer paso para actuar frente a estas situaciones.

¿Qué derechos tengo como deudor?

El artículo 49 de la Ley Orgánica de Defensa al Consumidor fue reformado en febrero de 2022 con el objetivo de frenar las prácticas abusivas de cobranza. Según esta normativa, las empresas de cobranza tienen prohibido exponerte al ridículo, amenazarte, acosarte o intimidarte de forma insistente y repetitiva.

Además, las comunicaciones de cobro están limitadas a un contacto diario por medio (llamada, mensaje o correo), en horarios de 7:00 AM a 8:00 PM, únicamente de lunes a viernes. No se permite realizar estos contactos los fines de semana, feriados ni desde números ocultos o no identificables.

También queda estrictamente prohibido comunicar tu situación de morosidad a terceros, como familiares, compañeros de trabajo o amigos. Todo contacto debe dirigirse únicamente al deudor, codeudor o garante.

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El incumplimiento de estas disposiciones por parte de las empresas de cobranza puede acarrear sanciones legales, que incluyen multas de hasta diez salarios básicos unificados, además del doble en caso de reincidencia.

¿Cómo denunciar el hostigamiento de cobranza?

Si consideras que una empresa de cobranza ha vulnerado tus derechos, puedes presentar una denuncia respaldada con evidencias ante las entidades competentes. En Ecuador, estas son las principales vías para actuar:

  • Defensor del Cliente: Cada institución financiera cuenta con un defensor del cliente, quien es el primer punto de contacto para presentar tu queja. Esta información debe estar disponible en los estados de cuenta o los canales de contacto oficiales de la institución.
  • Superintendencia de Bancos o la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, según corresponda.
  • Defensoría del Pueblo: Otra alternativa es presentar tu queja a través de la Defensoría del Pueblo, institución encargada de velar por el respeto de tus derechos como consumidor.

Para que tu denuncia sea efectiva, es importante reunir pruebas como capturas de pantalla de mensajes, registros de llamadas o correos electrónicos. Además, detalla las fechas y horarios de los contactos que consideres abusivos, así como los números desde los que fuiste contactado.


Conocer tus derechos como deudor es esencial para protegerte del hostigamiento de cobranza. Aunque las empresas tienen permitido contactarte para cobrar una deuda legítima, deben hacerlo dentro de los límites legales establecidos. Si te sientes acosado o vulnerado, no dudes en denunciar estas prácticas ante las autoridades correspondientes.

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Recuerda que, aunque la ley te protege, también tienes la responsabilidad de cumplir con tus obligaciones financieras. Un equilibrio entre tus derechos y deberes garantizará un trato justo y respetuoso en el proceso de cobranza.


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